Información sobre uso de cookies
Utilizamos cookies propias o de terceros para analizar, personalizar y optimizar la navegación en nuestro sitio web, conforme se detalla en la Política de Cookies. Si continua navengando en nuestra web, consideramos que aceptas su uso y nuestra Política de Cookies. Para obtener más información o cambiar la configuración, lee nuestra política de Cookies.
ACEPTAR


Quien concede la clasificacion de empresas

¿QUIEN CONCEDE LA CLASIFICACIÓN?

La Clasificación es otorgada por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, Organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, encuadrado en la Dirección General de Patrimonio, mediante acuerdos de una Comisión de Clasificación, en la que tienen representación los principales Ministerios inversores (Fomento, Educación, etc.), así como representantes de las Asociaciones Profesionales del Sector.

No obstante, la Ley permite que las Comunidades Autónomas establezcan sus propias Juntas Consultivas y sus Comisiones de Clasificación, aplicando en la tramitación de sus Expedientes de Clasificación los mismos criterios que la dependiente de la Administración Central. Por el momento, han instaurado sus propias Clasificaciones las Comunidades de Canarias, Baleares, Cataluña, País Vasco, Valencia y Murcia.

La Clasificación concedida por los órganos clasificadores de estas Comunidades Autónomas sólo tiene efectos ante los organismos de las mismas (cada uno en la suya) y ante las entidades locales de su territorio. No tienen validez para contratos de la Administración Central que tengan lugar en ellas, ni para otras Comunidades Autónomas, para las que se requiere la clasificación concedida por las Comisiones de Clasificación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Las Clasificaciones “autonómicas” no pueden hacerse extensivas en ningún caso a las demás Administraciones al haber desaparecido de la Ley de Contratos del Sector Público el procedimiento de extensión de efectos. Si se desea disponer de una clasificación que sirva para todo el territorio español y para todas las Administraciones se deberá solicitar y obtener ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.