La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado ha publicado en su página web su informe 18/2020 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, relativo a la situación en la que se encuentran las empresas que hubieran debido de acreditar su Solvencia Técnica y Profesional , a efectos de mantener o revisar sus Clasificaciones como Contratistas de Obras o de Servicios durante el período de suspensión de los procedimientos administrativos establecido por el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma en su Disposición adicional tercera.
Tras caracterizar como un plazo (y no un término) el período de tres años al que están obligados los contratistas para justificar el mantenimiento de su solvencia técnica (bien mediante Declaración Responsable, bien mediante Expediente), establece que la mencionada disposición declara la interrupción de los plazos, y entre ellos, por supuesto, el de la mencionada justificación de la solvencia técnica, que volverá a correr a partir del 1 de Junio, según establece el artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo.
Sobre esta base, dicho informe establece en sus conclusiones dos supuestos diferenciados:
1. Para las empresas cuyo plazo venció durante el período de suspensión de los procedimientos, éste se reanudará por el tiempo que faltaba cuando se declaró el estado de alarma.
2. Para aquéllas cuyo plazo venciese con posterioridad al levantamiento de su suspensión se reanudará añadiéndole todo el periodo que haya durado la suspensión. Así pues, habiéndose declarado la suspensión con efectos del día 16 de Marzo, y reanudándose el día 1 de Junio, se habrán de añadir a estos últimos un total de 76 días a su fecha de cumplimiento.
A continuación se indican las fechas resultantes de la adición de los días que corresponden en cada caso a los vencimientos de Marzo, Abril, Mayo, Junio y Julio.
Vencimientos |
Días
a añadir |
nueva
fecha de vencimiento |
25/03/2020 |
9 |
10/06/2020 |
29/03/2020 |
13 |
14/06/2020 |
26/04/2020 |
41 |
12/07/2020 |
28/04/2020 |
43 |
14/07/2020 |
30/04/2020 |
45 |
16/07/2020 |
23/05/2020 |
68 |
08/08/2020 |
26/05/2020 |
71 |
11/08/2020 |
31/05/2020 |
76 |
16/08/2020 |
23/06/2020 |
76 |
07/09/2020 |
25/06/2020 |
76 |
09/09/2020 |
28/06/2020 |
76 |
12/09/2020 |
16/07/2020 |
76 |
30/09/2020 |
21/07/2020 |
76 |
05/10/2020 |
23/07/2020 |
76 |
07/10/2020 |
25/07/2020 |
76 |
09/10/2020 |
Esperamos que esta
información les sea de utilidad para el supuesto de que esa empresa se
encuentre en esta situación.
En caso de duda, no
dejen de consultarnos.