Según establece la normativa que regula la Clasificación de Contratistas, uno de sus elementos determinantes es la experiencia constructiva, entendida ésta como la ejecución de obras similares a las consideradas dentro de cada subgrupo del sistema, en el mejor año de los últimos cinco.


Debemos recordar que la Junta Consultiva exigirá para la tramitación de los Expedientes de Clasificación que se presenten a partir del día 2 de enero de 2023 la incorporación de la experiencia de la empresa durante el año 2022, con lo que el año 2017 ya no podrá tomarse en
consideración a efectos de Clasificación.


Por ello las empresas que deseen que en la tramitación de sus Expedientes de Clasificación (tanto nuevos como de revisión) se tengan en cuenta trabajos realizados en ese año 2017, deberán presentar tales solicitudes antes del día 30 de diciembre de este año. Los expedientes que se presenten ya en 2023 y no incluyan 2022 serán considerados como incompletos y, por lo tanto, se les formulará un requerimiento para que actualicen los datos. Esto generará una demora extraordinaria en la resolución del expediente además de un mayor trabajo para el interesado, pues deberán rehacer los cuadros de los Anexo 3 y 4, en el breve plazo que le concederán al efecto.


Para evitar esto, se deberá presentar el expediente, si se ha cerrado al 2021, el día 30 de  diciembre como máximo. Pasada esta fecha, será imprescindible que el Expediente abarque el quinquenio 2018‐2022, sin que puedan ya tomarse en ningún caso en consideración obras de ejercicios anteriores.


Esta prevención no es aplicable en el caso de la presentación de Declaración Responsable de Solvencia Técnica, que se refiere a los tres últimos años. Puesto que la revisión de la misma por los Servicios Técnicos de la Junta se demora alrededor de cinco o seis meses, los criterios y elementos de valoración de la experiencia serán los que correspondan al momento en que ésta se produzca, siendo los medios humanos y materiales, por el momento, los que más peso tienen a la hora de decidir sobre el mantenimiento de la Clasificación.

En servicios, el plazo a tener en cuenta es de TRES años, por lo que se admitirán hasta el 30 de Diciembre los expedientes que se refieran al trienio 2019‐2021, siendo preciso que lo hagan al 2020‐2022 a partir del día 2 de Enero.

 

Si quieres más información sobre los servicios que podemos prestar puedes llamarnos al

teléfono 91 562 31 42 – 91 561 97 15 o enviarnos un correo electrónico a:  

oficinaauxiliar@oficinaauxiliar.com