Con fecha 28 de enero de 2026, se ha publicado en el BOE la Orden HAC/34/2026, de 21 de enero, por la que se amplía el periodo de referencia para la acreditación de la solvencia técnica en determinados subgrupos de clasificación de contratistas de obras.
La medida busca garantizar un nivel adecuado de concurrencia, promover una mayor participación empresarial en las licitaciones y permitir que las empresas puedan recuperar experiencia ejecutada en el pasado que, hasta ahora no podría ser considerada, generando previsiblemente un incremento en el número de empresas clasificadas.
¿En qué consiste el cambio?
Tras el análisis realizado por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, sobre el volumen de obras licitadas y adjudicadas en los últimos años, se concluye que, en determinados subgrupos de clasificación habían tenido un volumen reducido de obra licitada y, existiendo un número muy limitado de empresas clasificadas.
Por ello, se ha considerado conveniente hacer uso de la habilitación legal existente para que, a los únicos efectos de acreditar la experiencia en determinados subgrupos, pueda computarse la obra ejecutada en los últimos diez años, así como la ejecutada en el año en curso.
Hasta ahora, este periodo se limitaba con carácter general a los cinco años anteriores.
Subgrupos de clasificación afectados
La ampliación del periodo de acreditación se aplica exclusivamente a los siguientes subgrupos:
Movimiento de tierras y perforaciones
A05 · Túneles
Puentes, viaductos y grandes estructuras
B03 · De hormigón pretensado
B04 · Metálicos
Ferrocarriles
D01 · Tendido de vías
D02 · Elevados sobre carril o cable
D03 · Señalizaciones y enclavamientos
D04 · Electrificación de ferrocarriles
Obras hidráulicas
E02 · Presas
E03 · Canales
E06 · Conducciones con tubería de presión de gran diámetro
Obras marítimas
F01 · Dragados
F02 · Escolleras
F04 · Con cajones de hormigón armado
F05 · Con pilotes y tablestacas
F06 · Faros, radiofaros y señalizaciones marítimas
F08 · Emisarios submarinos
Viales y pistas
G01 · Autopistas y autovías
Transporte de productos petrolíferos y gaseosos
H01 · Oleoductos
H02 · Gasoductos
Instalaciones eléctricas
I03 · Líneas eléctricas de transporte
Especiales
K01 · Cimentaciones especiales
K03 · Tablestacados
Entrada en vigor
La Orden entrará en vigor el próximo 28 de abril de 2026 y será de aplicación a los procedimientos de clasificación o revisión de la clasificación que se inicien a partir de esa fecha.
Las empresas interesadas podrán, por tanto, tener en cuenta este nuevo marco temporal en sus próximos procesos de clasificación.
Impacto para las empresas
Con la entrada en vigor de la Orden, las empresas interesadas podrán:
- Recuperar clasificaciones en los subgrupos afectados, o
- Revisar y mejorar las categorías de clasificación ya concedidas, mediante experiencia que hasta ahora no se podía tener en cuenta.
El texto completo de la Orden puede consultarse en el BOE.
Para ampliar más información ponte en contacto con la Oficina Auxiliar de la CNC
Desde la Oficina Auxiliar de la CNC ofrecemos apoyo y acompañamiento a las empresas en la preparación y tramitación de expedientes de clasificación y de revisión, analizando de forma individualizada cómo aplicar esta ampliación del plazo de experiencia y mejorar sus posibilidades de acceso a la contratación pública.


